De acuerdo a la legislación Colombiana existen prohibiciones de ciertos objetos a ser enviados a través de las empresas de mensajería expresa, a continuación relacionaremos los principales:
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Estupefacientes, opio, marihuana, cocaína, heroína o cualquier otro tipo de narcóticos o alucinógenos. |
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Armas, municiones y elementos bélicos de toda especie incluidos los juguetes. |
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Dinero en efectivo, títulos valores, papel moneda. |
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Joyas y metales preciosos en barra o en polvo. |
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Objetos constitutivos del patrimonio histórico o cultural de Colombia, antigüedades, objetos artísticos y obras de arte. |
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Mercancía Peligrosa, material radioactivo, explosivos, contaminantes, inflamables, combustibles. |
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Líquidos y sólidos corrosivos, inflamables, pinturas, venenos, materias grasas y polvo colorante, desechos orgánicos y hospitalarios |
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Todo tipo de extintores. |
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Animales vivos o muertos sin disecar. |
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En general todos los artículos contemplados en el Artículo 19 de la Ley 19 de 1978 del Acuerdo de la Unión Postal Universal.